Novedades

Kazad Gromdal: Leyes [POST OFICIAL REGIONAL]

Estado
Cerrado para nuevas respuestas.

Kronos

Administrador
Registrado
7/8/12
Mensajes
25,815
Edad
37
Kazad Gromdal



INnZT1J.jpg

La ciudad de Kazad Grömdall es la unión de los 10 clanes familiares provenientes de todo tipo de lugares. El Clan Rompecráneos, más antiguo aún que la misma patria que gobierna, se rige por una estricta jerarquía de tipo militar y ascendente, vital para mantener las tradiciones más antiguas de los enanos - Pueblo Robusto – al mismo tiempo que se encarga de salvaguardarlos.

Existe un dicho en Kazad Grômdall: “Somos una cota de mallas, si un eslabón cae, caemos todos” y lo cierto es que tal enunciado rivaliza con su lema oficial; “Honor, Deber y Lealtad”, pues dicha frase resume a la perfección los cimientos sobre los que se alza el Gobierno del Reino, bajo la montaña, de Kazad Grömdall. Todo enano entiende y establece que cada miembro de su Clan primero y ciudad segundo es una parte esencial para que todo funcione adecuadamente, es un bloque en un ancestral muro, un eslabón de una férrea cadena de adamantio y sus vínculos son tan fuertes que no existe espacio para el individualismo ni las ambiciones personales; cada bocanada de aire dada es para y por su Clan y la ciudad.

Se establece así una defensa natural, arraigada en el pensamiento más profundo del enano, contra la devastación que ha sufrido su pueblo a lo largo de las Eras. Dicha defensa no es más que el perfecto entendimiento del concepto de Comunidad en su mayor grado: “Desde el primer picapedrero hasta el mismísimo Rey, todos sois iguales, todos sois hermanos” – Dvali Vetardiente, Sacerdote de Moradín.

No hay distinciones en la sangre del Pueblo Robusto, la nobleza se adquiere apartir de los actos y no la sangre, solo la recompensa otorgada por el Panteón enano – Mordinsamman – y por sus propios hermanos, donde para ascender en la siguiente jerarquía se necesita haber reunido y demostrado los suficientes méritos y responsabilidad de poder cargar con el peso de los suyos.


Total de PNJs en Kazäd Grômdal: 950
Número de Militares:
436 | Número de Civiles: 150
Número de combatientes en levas de emergencia: 80 (55% de los civiles son aptos para el reclutamiento)


Carta Magna

I.
Ningún enano o ciudadano está por encima de otro ni tiene más derechos que otro enano. Los títulos y cargos no son hereditarios sino meritocráticos.
II. El Rey es elegido por el Consejo de la Runa y sólo puede ser juzgado por este. Su labor es la de liderar los movimientos militares y sociales y aplicar la Justicia Superior.
III. El Consejo de la Runa está formado por los representantes de los Clanes mayoritarios de Kazad Gromdal y el Sumo Sacerdote de Moradin. Su labor es la de elegir al nuevo rey y aprobar o denegar las leyes propuestas por la cámara baja.
IV. El Consejo de los Dragones es la cámara baja y local que juzgue y gestione las tareas cotidianas de los ciudadanos de Kazad Gromdal que no deben importunar al rey.
V. Los territorios enanos comprenden todas las áreas con el prefijo de Kazad Gromdal.

  • Como excepción a lo anteriormente dicho en las minas interiores y superiores rige la ley amniana y el ejército enano ejerce las labores de vigilancia y guardia pudiendo tomar el papel de guardias en caso de presenciar delitos.
VI. La Escala Militar será la encargada de hacer cumplir la ley y de investigar cualquier indicio o sospecha de delito teniendo entre sus capacidades la retención de un individuo durante veinticuatro horas en los calabozos locales. Para este fin podrán utilizar la fuerza necesaria para hacer cumplir la ley y el orden en su territorio. Tienen acceso exclusivo a las mazmorras y llaves de la ciudad.
VII. Los habitantes de Kazad Gromdal se dividirán en Ciudadanos y Razas Permitidas. Siendo los primeros los que tengan derecho a establecer su hogar dentro de la ciudadela y los segundos quienes tienen solo el paso permitido temporal y de forma comercial.
VIII. Todos los cargos y criaturas que caminen por la ciudadela de Kazad Gromdal deben aceptar las leyes que rigen las mismas aceptando las penas impuestas para los que las incumplan.


Leyes

I.
La colaboración o complicidad sin haber participado de forma directa o instigadora de un delito conllevará una pena de un grado inferior (si es grave pasaría a importante) a excepción de los delitos graves contra la Corona.
II. El intento sin fruto de cometer un delito, o la ocultación de uno cometido se castigará con la mitad de la sanción que se prevé para el delito. En el segundo caso se añadirá a la pena del delito.
III. La realización de un delito con justificación -determinada por el Consejo de los Dragones- conllevará la mitad de la pena en los cargos de delitos importantes y graves y la exculpación total en los casos de delitos menores.
IV. En caso de que el acusado no pueda pagar una multa pueden ser recaudadas sus propiedades o bien entrar en deuda con la Corona.

Justicia Superior: Ejercido por el Arthane, incluye cualquier ofensa grave.


Justicia Inferior: Ejercido por el Consejo de los Dragones, incluye cualquier ofensa importante y menor. Las condenas de la Justicia Inferior de categoría ofensa importante o superior pueden ser recurridas a la Justicia Superior al coste de 100.000 monedas (po) devueltas en caso de que éste otorgue la razón.


Sentencias más comunes

A Destierro [Solo enanos] Expulsión permanentemente de la fortaleza enana y marcado como proscrito.
B Muerte inmediata.
C Expulsión y Veto de Kazad [No enanos]
D Prisión.
E Trabajos forzados
F Marca rúnica identificable por todo enano. La marca puede llevar (o no) implícito algún hechizo de tipo compulsión.
G Indemnizaciones los afectados.
H Humillación pública
I Multa económica.
J Edicto de culpabilidad.

I. Crímenes cometidos contra la corona


Ofensas graves

Penas posibles: A (permanente), B, D (permanente), E (máx 20 años) y F (complemento a otras sanciones)


Traición. Inducir a la guerra, favorecer a un enemigo de Kazad, espionaje o sabotaje a favor de un reino extranjero o un poder nativo.
• Asaltar a la nobleza (cualquier miembro del Consejo de la Runa). Agresión o asalto contra la nobleza de Kazad Gromdal.
• Atentar contra el Moradinsamman. Atacar de cualquier forma templos o tótems divinos de una de las deidades de Moradinsamman.
• Rebelión. Subversión o revolución contra los estatutos de la carta magna.


Ofensas importantes

Penas posibles: D (máx 3 años), C, E (máx. 4 años) , F (máx. 4 años) , F (complemento a otras sanciones) y I o H (complemento a otras sanciones máx. 2.000.000 po)


• Robo o vandalismo de propiedades públicas o a la nobleza.
• Atacar Kazad Gromdal.
Atacar o sabotear cualquier edificación pública de Kazad o las minas y sus recursos.
• Hacerse pasar por un Oficial o un Cargo Público relevante.

Falsificación de cualquier edicto o documento oficial.
• Soborno.
Pago a un oficial o autoridad a cambio de una prestación o servicio.
• Corrupción. Por un miembro de la Escala Militar o un cargo público (condestable o burgomaestre). Autoridad u oficial tome decisiones oficiales a sabiendas de que dicha resolución es injusta o contraria a la ley.
Colaboración con un considerado enemigo de Kazad Gromdal. Organizaciones como Murann, reinos gigantes u orcos y los duergar.
• Repetición de cualquier ofensa menor.

Ofensas menores


Penas posibles: E (máx 1 año), C, H, G (hasta el doble del valor del daño causado), I, J (máx. 150.000) y K


• Práctica religiosa no permitida. Práctica religiosa de dioses fuera del Moradinsamman sin permiso de los clérigos locales.
• Injuria al Rey o al consejo de la Runa.
• Alteración importante del orden.
Protesta no pacífica y vandalismo.
• Desobediencia voluntaria de cualquier edicto, norma local, a la autoridad o sentencia.
• Duelo no autorizado
Realización de un duelo no permitido por la autoridad local

II. Crímenes contra los ciudadanos de Kazad, las Fes y los extranjeros.


Ofensas graves

Penas posibles: A, C, D (1d6 años), E (máx 2d4 años) y F (complemento a otras sanciones)

• Asesinato.
• Asalto con resultado de mutilación o lisiadura.
Agresión con resultado de mutilación o lisiadura. [PVP con consecuencias]
• Profanar tumbas


Ofensas importantes

Penas posibles: D (1d2 años), E (máx. 1d4 años) , F , G (complemento a otras sanciones), H (complemento), J (complemento) y I (complemento a otras sanciones máx. 1.000.000 po)

• Esclavitud o Secuestro. Retención contra la voluntad o ilegal.
• Robo
• Extorsión.
Violencia o intimidación para lograr un propósito o beneficio.
• Repetición de cualquier ofensa menor o inferior contra individuos.


Ofensas menores

Penas posibles: E (máx 8 meses), G (hasta el doble del valor del daño causado), H, J, I (máx. 100.000)

• Asalto Agresión o asalto con violencia pero sin resultados de mutilación o lisiadura. [PVP sin consecuencias]
• Robo sin violencia
• Calumnias.
Acusación falsa inculpándole de un delito a sabiendas que este no existe, con temeridad a la verdad o con conocimiento de que no lo cometió, con intención de perjudicar su honor.
• Daños a la propiedad Daños o destrucción de cualquier tipo de propiedad privada.
• Morosidad
• Blasfemia contra el Moradinsamman. Insultos o injurias contra cualquier deidad del Moradinsamman.
• Falsedad Faltar a la palabra dada de forma escrita.


Multas por faltas leves

Las multas por estas acciones se llevaran a cabo de forma inmediata por el guardia presente en el lugar donde se cometió la infracción. Estas se aplicarán únicamente dentro de la fortaleza o de la mina.

La lista de faltas y penas listadas a continuación son la base del sistema, aunque si el concilio pertinente considera adecuado administrar una pena superior, o atenuada, al sujeto infractor, tendrá tanta validez como cualquier otra que se ajuste a estos puntos.

Faltas leves


  • Abandono de monturas o bestias de carga en lugares de acceso público en ciudad, en los que puedan ser un estorbo para el normal devenir de la vida de los ciudadanos.
  • Acceso a la mina evitando el pago correspondiente.
  • Portar embozo, disfraz o máscaras de forma que se oculte el rostro en el interior de la fortaleza. En zonas de tránsito y los días que no incurran en festividades. [Las capuchas son permitidas siempre que el usuario no esté ocultando su identidad]
  • Blandir armas en interior de la ciudad sin el permiso correspondiente.
  • Altercado público entendiéndose por altercado público pelearse en público (sin armas) y/o la destrucción de mobiliario urbano.

Penas

  • En primera infracción se procederá a dar una advertencia para que rectifique inmediatamente.
  • En segunda infraccióno desobediencia de la primera:
    • Abandono de montura o bestia de cargase abonará:
      • 2500 po por cada montura.
      • 2000 po por cada bestia de carga.
    • Acceso a la mina evitando el peaje se abonará 20.000 po.
    • Enmascaramiento de la identidad en la capital se abonarán 10.000 po y se procederá a la retirada del mismo.
    • Blandir armas sin permiso correspondiente se abonará 15.000 po.
    • Altercado público se abonará 15.000 po.
  • En tercera infracción se procederá a poner el caso en conocimiento de la justicia local pertinente para ser juzgado por el Consejo de los Dragones como un delito de Desobediencia/Obstrucción.
 
Estado
Cerrado para nuevas respuestas.
Arriba